Derechos del Asegurado


  • Elegir libremente el riesgo a cubrir con excepción de aquellos seguros que por Ley deben se contratados conforme a especificaciones.

  • Establecer las sumas aseguradas y coberturas adicionales, de acuerdo con los parámetros establecidos de mínimo y máximos previamente indicados.

  • Aceptar o rechazar la prima a pagar, de acuerdo al monto contratado.

  • Designar y cambiar a sus beneficios, en todo momento, siempre y cuando la primera designación no fuese irrevocable.

  • Recibir su póliza que contenga todas las cláusulas y endosos, por medio de los cuales se va regir la relación, en donde se resalte las exclusiones, limitaciónes y causales de terminación de contrato.

  • Reclamar él o su defecto sus beneficiarios las indemnizaciones que correspondan, según las coberturas pactadas y que las mismas le sean atendidas con prontitud.

  • Ser notificado por escrito de la cancelación de su póliza y mantener, si no recibe dicho aviso.

  • Elegir y designar libremente a su corredor y compañía de seguros en toda transacción, incluyendo aquellas que se refieren a transacciones con un banco, entidad crediticia, financiera o de venta de automóviles.

  • En los casos de Segurosde Vida con ahorro o planes permanentes de seguros, los derechos serán:

    • Realizar retiros parciales o totales.  En el caso de seguros de vida universal o planes ajustables, también podrá verificar retiros parciales.

    • Recibir deducciones de primas pendientes, a través de préstamos automáticos de primas, a fin de mantener vigente su cobertura.

    • Recibir anualmente un informe que refleje el balance de su póliza, en caso de seguros universal.

    • Establecer sus opciones de liquidaciones de los valores de rescate de su póliza. También en el caso de las pólizas de vida, se constituye en derechos adicionales para el asegurado.

    • Gozar de un período de indisputabilidad que inici en términos generales al transcurrir dos años, desde la emisión de la póliza o según se indiquen en el contrato.

    • Recibir el beneficio de ajuste de prima, en caso de declaración errónea de edad.

    • Recibir la porción de la prima correspondiente al término no utilizado.  Esto es, en caso en que la prima haya sido pagada por adelantado y la póliza cancelada antes de la vigencia.