Acerca de la Dirección Nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales

La Dirección Nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales (DINECI), es la encargada de la negociación de tratados bilaterales y multilaterales de comercio.  Para el desarrollo de dicha labor coordina con todas las instituciones públicas competentes de cada una de las materias comprendidas en los tratados, además coordina con los gremios y asociaciones del sector privado y productivo, a fin de definir posturas de negociación.

Para tales efectos, a ella se encuentra adscrita la Comisión de Negociaciones Comerciales Internacionales, conformada por funcionarios gubernamentales, así como por  representantes principales y suplentes de los gremios más representativos del sector privado, con el fin primordial de contar con la permanente colaboración, participación y asesoría del sector privado, en el desarrollo y ejecución de las funciones atribuidas a la Oficina del Jefe de Negociaciones Comerciales Internacionales, funciones éstas que, en materia de negociación, son ejecutadas por esta Dirección.

Estructura

La Dirección Nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales está compuesta de una (1) Dirección Nacional y dos (2) Direcciones Generales; la de Asuntos Económicos de Negociación y la de Asuntos Jurídicos de Negociación.  A su vez, las mismas se dividen en dos (2) departamentos cada una, a saber:

  •       Dirección General de Asuntos Económicos de Negociación:
    1. Departamento de Acceso a Mercados y,
    2. Departamento de Normas de Origen y Procedimientos Aduaneros. y;
  •       Dirección General de Asuntos Jurídicos de Negociación
    1. Departamentos de Asuntos Bilaterales y Multilaterales
    2. Departamentos de Inversión, Servicios y Temas Jurídicos.

Antecedentes
Considerando necesaria la integración comercial de nuestro país, a través de acuerdos, convenios y tratados multilaterales, regionales o bilaterales de comercio exterior y conscientes de la no existencia de un organismo que coordinara, organizara, planificara y dirigiera esas negociaciones y que además, coordinara con las demás instituciones del Gobierno la implementación de las obligaciones y derechos que se derivaran de los mismos,  se creó mediante Decreto Ejecutivo No. 50 de 19 de marzo de 1996 el Consejo de Comercio Exterior de la Presidencia de la República, oficina que tuvo a su cargo la trabajos finales relativos a la adhesión de Panamá a la Organización Mundial del Comercio (OMC).  Organización de la cual Panamá es Miembro de pleno derecho, a partir del 6 de septiembre de 1997, en virtud de haberse concluido los trabajos de adhesión y el correspondiente depósito de la Ley 23 de 15 de julio de 1997, por el cual se aprueba el Acuerdo de Marrakesh, que desarrolla el protocolo de adhesión y sus anexos.

En 1998, mediante Ley 53 de 24 de julio, se crea el Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio e Industrias y lo que hasta entonces era el Consejo de Comercio Exterior, adscrito a la Presidencia de la República, pasa a ser lo que hoy conocemos como la Dirección Nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales del Viceministerio de Comercio Exterior del Ministerio de Comercio e Industrias, con las mismas funciones abajo descritas.

Mediante Ley No. 6 de 15 de febrero de 2006, se reestructura el Ministerio de Comercio e Industrias, creándose la Oficina del Jefe de Negociaciones Comerciales Internacionales, adscribiéndose a ella la Dirección Nacional de Negociaciones Comerciales Internacionales.